Estimado cliente y usuario:
Ayer se publicó el Boletín Oficial del estado el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que aprueba un nuevo aplazamiento de la obligación de adaptar los sistemas informáticos de facturación al Reglamento Verifactu hasta 2027:
- Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (sociedades mercantiles y demás personas jurídicas) deben tener adaptados sus sistemas informáticos de facturación antes del 1 de enero de 2027.
- El resto de obligados tributarios (autónomos y demás contribuyentes del IRPF o INRN) deben tener adaptados sus sistemas informáticos de facturación antes del 1 de julio de 2027.
Lo primero que queremos que quede claro, es que aún no es una fecha definitiva, ya que esta normativa tiene que ser convalidada por el Congreso en un plazo de 30 días y no sería la primera vez que un real decreto-ley del actual Gobierno se queda sin efectos por falta de apoyos parlamentarios. De no aprobarse esta convalidación, continuarían en vigor las fechas límites de 1 de enero de 2026 para las empresas y 1 de julio de 2026 para los autónomos.
¡¡ MUY IMPORTANTE !!
Aunque la obligación completa se aplaza para los contribuyentes, desde el pasado 29 de julio de este año, todos los nuevos programas de facturación que se comercialicen en España están obligados a cumplir el Reglamento de Verifactu.
Esto implica que ya deben integrar:
- Sistemas de trazabilidad de las facturas.
- Garantías de inalterabilidad e integridad de los registros.
- Generación de archivos con metadatos y huellas electrónicas.
Con esto queremos decir, que si has adquirido un nuevo programa o el que tienes funciona por suscripción mensual o anual (son casi la mayoría de programas), estos ya funcionan bajo el estándar técnico de Verifactu, aunque todavía no es obligatorio enviar las facturas telemáticamente a la AEAT (Esa parte es la que será exigible únicamente a partir de 2027). Por tanto, no podrás eliminar facturas ni modificarlas libremente como se venía realizando anteriormente a toda esta nueva regulación.
Nuestra recomendación en estos casos es que te pongas en contacto con tu proveedor de software para que te comente como quedará tu programa en cuestión, ante esta nueva modificación.
Para cualquier aclaración que precise, no dude en ponerse en contacto con nosotros.




